En fallo unánime, Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó a la empresa Metro S.A. a pagar una multa de 50 UTM por infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores, al no contar con acceso para usuarios con discapacidad o movilidad reducida en estación

En fallo unánime, Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó a la empresa Metro S.A. a pagar una multa de 50 UTM por infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores, al no contar con acceso para usuarios con discapacidad o movilidad reducida en estación

En fallo unánime, Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó a la empresa Metro S.A. a pagar una multa de 50 UTM por infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores, al no contar con acceso para usuarios con discapacidad o movilidad reducida en estación

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