Un análisis a nuevos trabajos que combinan ciclovías con espacios de paraderos del transporte público donde no se han logrado medidas seguras para los peatones en especial para aquellos con discapacidad.
Se licitó un servicio de transporte basado en reglamentos obsoletos, sin atender las necesidades de todas las personas. Se pasó a llevar el sentido de la Ley 20.422 que asegura el derecho en forma autónoma e independiente a la circulación y transporte accesible de las personas, independiente de su edad, habilidades o de su condición de movilidad.
La norma no siempre responde con facilidad cuando se trata de adaptar entornos construidos. El objetivo debe ser siempre dar respuesta al desplazamiento de todos los peatones y los ajustes deben adecuarse a ese fin.
Los proyectos que favorecen el desplazamiento no motorizado, son un tremendo aporte a las ciudades. Nuestra preocupación es constatar cómo interactúan las personas con discapacidad con la oferta de desplazamiento que se da al peatón.
Ciudad Accesible publica una síntesis de la ordenanza general de urbanismo y construcciones dibujada y comentada
Hoy se publicaron las modificaciones a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (DS 50) que adecúa la normativa a las exigencias de accesibilidad contenidas en la ley 20.422.