Ficha 11 | Accesibilidad en Oficinas de Atención

La normativa chilena exige que todos los recintos que contemplan oficinas de atención a público deben ser accesibles. Existen algunas condiciones adicionales que califican como de “buenas prácticas” para poder atender a un público diverso en su funcionalidad, movilidad, condiciones sensoriales, adultos mayores, etc.

La Ficha 11 | Accesibilidad en Oficinas de atención resume estas condiciones para cumplir, no solo con la exigencia legal, sino también para mejorar la experiencia de atención al cliente.
Desde los accesos pasando por las circulaciones, espacios de espera, llamada, mesón de atención y retiro del lugar la experiencia debe ser accesible para todos. Un desafío que habla de preocupación y empatía por el prójimo.

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