Existen recursos legales para que la ciudadanía exija condiciones de accesibilidad, no solo la ley 20.422 con multas o clausuras, también la ley que establece medidas contra la discriminación y la ley del consumidor.
Modificaciones del Manual de Señalización de Tránsito incluye propuestas que no cumplen los estándares de diseño universal vigentes. Nuestro principal punto de discordancia se refiere al uso compartido de los andenes de paraderos del transporte público con tramos de ciclovías.
Basados en la ley 20.422 y en las buenas prácticas de accesibilidad universal, compartimos indicaciones y experiencias en terreno sobre el transporte público en Chile con el fin de que en la práctica, todos los usuarios reciban el servicio que necesitan en igualdad de condiciones.
Después de 23 años de gestiones se logra una pasarela peatonal accesible sobre la Av. Kennedy, una autopista urbana que dividió dos comunas haciendo imposible el cruce peatonal accesible en 7 km de extensión.
Algunos alcances a intervenciones en el espacio público que colaboran en la movilidad peatonal pero que olvidan algunas necesidades básicas de diseño universal.
Los proyectos que favorecen el desplazamiento no motorizado, son un tremendo aporte a las ciudades. Nuestra preocupación es constatar cómo interactúan las personas con discapacidad con la oferta de desplazamiento que se da al peatón.
Evidenciamos la necesidad urgente de proporcionar vías de evacuación accesibles y sin obstáculos, partiendo por aquellas que forman parte de los “mapas de seguridad” que proporciona la Onemi. El caso de Arica.
Analizamos la reciente reposición de veredas de calle Camino El Alba en la comuna de Las Condes para comprobar en terreno las mejoras en cuanto a accesibilidad universal.
Hoy se publicaron las modificaciones a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (DS 50) que adecúa la normativa a las exigencias de accesibilidad contenidas en la ley 20.422.