El peatón y la accesibilidad en las veredas
Atentas a las intervenciones que se realizan en nuestras ciudades respecto a la accesibilidad universal y el uso confortable y seguro para el peatón, analizamos la reciente reposición de veredas de calle Camino El Alba en la comuna de Las Condes.
Este tramo de vereda se encontraba muy deteriorada, perjudicando la circulación de los peatones en especial de usuarios de silla de ruedas y personas con movilidad reducida.
Las reposiciones de veredas junto con los trabajos de mitigación son las mejores instancias para incorporar accesibilidad en nuestras ciudades, aprovechando de rectificar ausencias de cruces peatonales rebajados, obstáculos tales como postes y señalizaciones, intervenciones ilícitas en tramos de veredas por parte de particulares en accesos vehiculares, etc.
Para lograr una real inclusión de las personas con discapacidad, es tiempo de comenzar en forma rigurosa y responsable esta transformación.
Del trabajo total realizado, se consideró una muestra correspondiente a 4 cuadras de la vereda norte de la calle Camino El Alba, entre las calles Camino La Fuente y Camino del Algarrobo, tramos que detallamos a continuación:
Foto de un tramo de vereda donde se visualiza una ruta accesible bien lograda
En ese tramo se repararon los accesos vehiculares que habían sido modificados por particulares cambiando el tipo de pavimento. El resultado es muy bueno, el cambio se hace evidente y se percibe visualmente mayor orden por tratarse de una sola materialidad, lo que facilita el desplazamiento de peatones.
Lamentablemente, en gran cantidad de casos, se modificó el nivel de la vereda para favorecer los accesos vehiculares hacia las viviendas, provocando un permanente subir y bajar longitudinal a la circulación. La vereda debe mantener constante su nivel en al menos 1.2 m de ancho, las pendientes para los accesos de vehículos deben ejecutarse fuera de esa parte de ruta accesible. La preferencia sobre la vereda es siempre peatonal! Es el vehículo el que debe realizar el esfuerzo de cambio de nivel, no el peatón.
El concepto de ruta accesible que incorpora la última modificación de la O.G.U.C. contenida en el DS 50, norma que las veredas deben cumplir con un ancho continuo (1,20 m mínimo), apta para cualquier persona, con pavimento estable, sin elementos sueltos, de superficie homogénea, antideslizante en seco y en mojado, libre de obstáculos, gradas o cualquier barrera que dificulte el desplazamiento y percepción de su recorrido. Las fotos a continuación muestran que los rebajes en los cruces peatonales invaden completamente la vereda, interviniéndola con pendientes que complican la circulación longitudinal y, que para efectuar el cruce, no cuentan con espacio para que una silla de ruedas realice un giro en plano.
Este rebaje no funciona para usuarios en silla de ruedas ya que no cuenta con un espacio plano mínimo de 1,2m necesario para realizar el giro que le permitirá al usuario seguir su camino. Esta situación se repite una y otra vez a lo largo del tramo. El error fue aplicar este diseño de rebaje en una vereda con ancho inferior a 2,2 m.
Fig 1: espacio mínimo necesario Fig 2: alternativa de ejecución
Un diseño correcto de rebaje de vereda de tres pendientes (o alas laterales) requiere como mínimo de un ancho de vereda igual al largo de la rampa más 1,2 m. Si el espacio es menor pero enfrenta un espacio libre (jardín o resto de acera) puede ejecutarse ampliando el sector de llegada de la rampa según la Fig. 2.
Si ese espacio adicional no existiese y la vereda abarca toda la acera, el desnivel entre ésta y la calzada debe ser salvado rebajando todo el ancho de la vereda mediante rampas hasta alcanzar el nivel de la calzada, manteniendo el nivel por 1,5 m como mínimo hasta volver a subir de nivel. En este caso las pendientes otorgadas a la rampa no pueden exceder el 10% de pendiente.
“Los paraderos de locomoción colectiva no podrán obstaculizar la ruta accesible y deberán estar conectados con esta”…. La señalización vertical que los identifica tampoco, por lo que faltó la reubicación de la señalización.
Foto del tramo de vereda con señalización vertical bloqueando la ruta accesible
Rebajes con pendientes mayores al 12% hacen que la ruta accesible no funcione. La rampa debe tener igual largo en todo su ancho y coincidir longitudinalmente con la que enfrenta, ambas cosas no ocurren acá.
Foto de rebajes de vereda fuera de norma máxima de pendiente y rampas de irregular largo
Resulta fundamental un adecuado mantenimiento de la ruta accesible. La vegetación, arboles, basureros y autos, entre otros, constituyen obstáculos que bloquean la circulación peatonal.
Foto de vereda invadida por vegetación
Ante obstáculos como postes de alumbrado público complejos de mover, “se deberán materializar otras soluciones permanentes que aseguren el desplazamiento de las personas con movilidad reducida o con discapacidad”. Art. 2.2.8 N°10
No es aceptable segregar el desplazamiento, la ruta accesible puede enangostarse hasta 0.9m o al menos dar una alternativa equivalente de desplazamiento.
Foto: vereda obstaculizada con postes y árboles
Llegando al final de nuestro recorrido, nos encontramos con estos semáforos instalados a mediados del año pasado y situados en medio de la circulación peatonal, incluso sobre la guía táctil de alerta.
Foto de instalación de semáforos en medio de veredas
En estos trabajos nos encontramos con muchos elementos que no funcionan, volviendo a poner obstáculos a la circulación por la ciudad. Pedimos mayor rigurosidad y prolijidad en las soluciones técnicas, los recursos no pueden despilfarrarse interviniendo sin detenerse a pensar en mejores diseños y soluciones.
Los invitamos a revisar la efectividad del recorrido en silla de ruedas, ponerse en el lugar de una persona ciega o en silla de ruedas… revisar si efectivamente el diseño en la práctica funciona!
Hacemos un llamado a las municipalidades a capacitar a sus profesionales en accesibilidad universal y asumir responsablemente el cumplimiento de la nueva Ordenanza General de Urbanismo y Construcción entrada en vigencia el 04.03.2016, para frenar las malas prácticas que siguen obstaculizando nuestras veredas, afectando la circulación peatonal y segregando de manera discriminatoria a las personas con movilidad reducida. Los principios de igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad, a las que se refiere la ley 20.422, deben primar como objetivo en el diseño e infraestructura de nuestras ciudades.