Modificación propuesta a Ley sobre Estacionamientos para PcD
Enviamos el siguiente correo a 3 diputados que presentaron un proyecto de ley para corregir una deficiencia de la normativa actual que califica en dos niveles diferentes de gravedad el uso de los estacionamientos reservados para personas con discapacidad (grave y menos grave). Los problemas que presenta la ley que regula estos espacios son básicamente dos, la doble y confusa sanción y el distintivo que debe ser colocado en el interior del automóvil. Pedimos que, en caso de ser considerada alguna propuesta de modificación de esta ley, se considere nuestros argumentos. Llevamos más de 10 años promoviendo el correcto uso de estos espacios y fomentando una fiscalización ciudadana. Conocemos a la perfección cada una de las deficiencias de la ley actual.
H. Diputados
Srs. Osvaldo Urrutia, David Sandoval y Jorge Ulloa
Presente
En relación al proyecto de ley ingresado el pasado jueves 11 de septiembre a trámite legislativo (boletín 9575) que sanciona como falta grave estacionar en un espacio exclusivo para personas con discapacidad, quisiéramos sugerir la idea de incorporar el uso de una tarjeta de identificación adicional para colocar en el interior del auto, que sea extendida por el Registro Civil a las personas inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad que la soliciten.
La credencial actual, o el duplicado legalizado ante notario que se incorpora en esta modificación, es un documento que contiene información personal del inscrito, incluidos nombre y domicilio, por lo que nos parece fundamental el uso de una tarjeta adicional para ser exhibida en el interior del vehículo, que proteja a los usuarios de exponer públicamente sus datos personales y con un diseño más destacado que facilite la fiscalización. En caso de fiscalización por parte de Carabineros o inspectores municipales el chofer o acompañante que hace uso de un estacionamiento exclusivo para PcD debe poder validar su condición con la Credencial del Registro Nacional de la Discapacidad (la que debiera portar siempre la persona).
Esta Tarjeta de Estacionamiento no debe contener datos personales, bastaría con:
– Número de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad
– Firma y Timbre Servicio de Registro Civil e Identificación
– Número correlativo de la tarjeta
– Vencimiento (indefinida o parcial – según conste en la credencial).
Este tipo de identificación es el que se usa en la UE, EEUU, Canadá, Australia, etc. (tarjeta azul) y fue propuesto en el proyecto de ley original de regulación de los estacionamientos para PcD que presentó Ciudad Accesible el año 2001 y sobre el cual se promulgó la actual ley.
Adjuntamos un modelo que podría ser implementado si la modificación propuesta señalara que:
…«Estos estacionamientos podrán ser utilizados por cualquier vehículo que transporte a una persona con discapacidad, y durante el tiempo de permanencia en alguno de ellos deberá exhibir en el interior del vehículo, de manera visible, la tarjeta de estacionamiento que entregará el Registro Civil a los interesados que la soliciten, quienes deberán acreditar estar inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad. Ya sea a la entrada o a la salida del estacionamiento, la persona con discapacidad deber encontrarse en el vehículo y portar la credencial original del Registro Nacional de la Discapacidad».
Las personas con discapacidad están en una situación de mayor vulnerabilidad, no corresponde exponer públicamente la identidad y domicilio por los riesgos personales que conlleva.
Respecto al otro punto involucrado en la modificación nos parece de toda lógica y muy bien resuelta la modificación propuesta para aclarar finalmente dos sanciones a un mismo tipo de infracción.
Atenta a cualquier consulta o discusión al respecto para poder aclarar esta sugerencia, que para nosotros es de vital importancia, avalada por la experiencia que vivimos día a día se despide atentamente,
Pamela Prett W
Corporación Ciudad Accesible